| Nuestros Apis |
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En la actualidad formamos parte del Colegio, más de 200 profesionales en Sevilla con la posibilidad de compartir nuestros inmuebles y conocimientos, contando con el apoyo de nuestra Asesoría Jurídica.
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Serán colegiados ejercientes todos aquellos que desempeñen una actividad profesional en cualquier modalidad para la que les faculte el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria.
Serán colegiados no ejercientes aquellos que perteneciendo al Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Sevilla y su provincia no ejerzan ninguna de la modalidades profesionales.
Para ser admitido en el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Sevilla y su provincia se requerirá acreditar, con la instancia solicitando la colegiación las siguientes condiciones:
a) Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de incapacidad.
b) Estar en posesión del título de graduado, licenciado, diplomado, ingeniero, arquitecto, ingeniero técnico o arquitecto técnico, o del Título Oficial de Agente de la Propiedad Inmobiliaria expedido por el Ministerio competente.
c) Carecer de antecedentes penales que le inhabiliten para el ejercicio profesional.
El ingreso efectivo en el Colegio Oficial se ajustará a los siguientes requisitos:
a) Solicitud del interesado dirigida al Presidente del Colegio de Sevilla.
b) Constitución de fianza en las condiciones fijadas por el Colegio.
c) Abono de la cuota de colegiación, en las condiciones fijadas por el Colegio, y en su caso por el Consejo General de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.3. f) de la Ley 2/1974 sobre Colegios Profesionales.
Quienes se inscriban en un Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria tendrán las obligaciones y derechos que se prevén en sus Estatutos.
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Toda solicitud de incorporación al Colegio habrá de formalizarse en la Secretaría del mismo mediante instancia dirigida al Presidente del Colegio con los datos necesarios que se determinen.
El solicitante deberá, además, acompañar una Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las situaciones que darían lugar a la denegación de la incorporación y en la cuál deberá expresar, asimismo, si ha pertenecido o pertenece a algún otro Colegio en territorio Español.
Así mismo, deberá abonar la cuota de entrada que tenga establecida el Colegio.
Si la petición de incorporación no se hubiera resuelto por la Junta de Gobierno en el plazo máximo de dos meses desde su formulación o, en su caso, subsanación de defectos, se entenderá admitido al peticionario siempre que hubiese aportado la totalidad de la documentación que le hubiese exigido el Colegio.
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Hacer uso de las dependencias y de los servicios, propios o de terceros a través de Convenios de Colaboración, que proporcione el Colegio conforme a las instrucciones que proporcione la Junta de Gobierno.
Utilizar los anagramas, insignias, logotipos y distintivos propios de la Profesión que les identifique como miembros del Colegio.
Sufragio activo y pasivo en la elección de los miembros de la Junta de Gobierno conforme a los estatutos y normas que los complementen.
Promover la remoción de los titulares de los Órganos de Gobierno mediante la Moción de Censura en la forma establecida en el Estatuto.
Intervenir con voz y voto en las Asambleas Generales.
Obtener información sobre las actividades colegiales, los acuerdos de la Junta de Gobierno y de la situación económica del Colegio.
Promover actuaciones de los Órganos de Gobierno por medio de iniciativas y propuestas.
Crear agrupaciones representativas de intereses específicos en el seno del Colegio, con sometimiento, en todo caso, a los Órganos de Gobierno del Colegio, y siempre que los intereses agrupados no afecten al resto del colectivo no adscrito a la agrupación de que se trate.
Formar parte de las listas que, en su caso, deban remitirse a los Juzgados y Tribunales u Organismos Administrativos o Judiciales para el cumplimiento de servicios periciales y de tasación, siempre que asuman las directrices y deberes que, por el rigor de la función encomendada y en orden a la misma, acuerde la Junta de Gobierno del Colegio.
Las demás que resulten de las normas legales y de los estatutos.
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Pertenecer al colectivo de profesionales inmobiliarios reconocidos por el Ministerio de la Vivienda, Ministerio de Justicia … y sobre todo por la sociedad.
Obtener un Seguro de Responsabilidad Profesional por el hecho de estar Colegiado, cuyo coste sufraga el Colegio.
Programas de Gestión Inmobiliaria de carácter gratuito y página Web con la que desarrollar la profesión.
Formar parte de la Intranet del COAPISE para el intercambio de bases de datos de sus inmuebles entre todos los colegiados que deseen colaborar en sus operaciones inmobiliarias.
Poder pertenecer a los Turnos de Oficio para las Tasaciones Judiciales.
Condiciones especiales para la utilización del Salón de Actos del Colegio, para usos profesionales.
Condiciones especiales en todos los cursos de formación impartidos a través del COAPI.
Acuerdos con entidades bancarias como Banco de Sabadell y Banco Santander, con condiciones preferenciales.
Acuerdos con entidades de Seguros de prestigio como la HNA, donde obtener seguros de negocios, salud, vida, … etc. De manera muy ventajosa para el Colegiado.
Firma de Acuerdo con GESAL para servicios sanitarios con tarifas muy reducidas.
Acuerdo con entidades de primer orden como OZONIA para el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos.
Posibilidad de contratar seguros de impago de alquileres con unas condiciones únicas en el mercado, como con MACSIFILIA y THEMIS.
Nuestro Colegio mantiene acuerdos con entidades como FACUA, FIBES, CATASTRO, … etc. lo que demuestra nuestra presencia en el mercado inmobiliario y el prestigio profesional de formar parte del mismo.
En la actualidad formamos parte del Colegio, más de 200 profesionales en Sevilla con la posibilidad de compartir nuestros inmuebles y conocimientos, contando con el apoyo de nuestra Asesoría Jurídica.
Infórmese en nuestro Colegio e intégrese como Colegiado si piensa dedicarse a nuestra profesión.
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